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¿Cuáles son los cambios en los CFDI para 2026?

En 2026 sigue el CFDI 4.0. Los cambios están en el Código Fiscal: facturas falsas, la constancia fiscal, la cancelación de facturas y la gasolina.

Por Miguel Torres ·

Los cambios en el CFDI para 2026 no traen versión nueva: sigue el CFDI 4.0. Vienen del Código Fiscal, vigentes desde el 1 de enero. Para quien recibe facturas son cuatro: la ley define la factura falsa, prohíbe exigirte la constancia de situación fiscal, cambia el plazo de cancelación y pide un requisito más en la factura de gasolina.

¿Qué es una factura falsa para el SAT en 2026?

Para el SAT, una factura es falsa si no ampara una operación real. En 2026 el artículo 29-A del Código Fiscal sumó ese requisito a todo CFDI: "Amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales". Y aclara: "Los comprobantes fiscales que no cumplan con el requisito establecido en esta fracción, se consideran falsos para efectos de este Código."

El riesgo alcanza a quien la recibe. El artículo 113 Bis ya castigaba con dos a nueve años de prisión comprar facturas de operaciones inexistentes. Desde 2026 aplica la misma pena a quien "expida, enajene, compre, adquiera o dé efectos fiscales a comprobantes fiscales falsos", por ejemplo al deducirlos.

¿Qué pasa si el SAT declara falsas las facturas de tu proveedor?

Tienes 30 días naturales, desde que el nombre de tu proveedor sale en el Diario Oficial, para quitarles el efecto fiscal a sus facturas con una declaración complementaria. Así funciona el procedimiento nuevo del artículo 49 Bis:

  1. Desde que el SAT le entrega la orden de visita, el proveedor no puede emitir facturas hasta que se resuelva el caso.
  2. Tiene cinco días hábiles para probar que sus operaciones son reales. Todo el procedimiento dura como máximo 24 días hábiles.
  3. Si no lo prueba, sus facturas se consideran falsas y las operaciones "no producen ni produjeron efecto fiscal alguno".
  4. Su nombre y RFC se publican en el Portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los 45 días hábiles siguientes.
  5. Si en esos 30 días no presentas la complementaria, el SAT te restringe temporalmente el sello digital y tú tampoco puedes facturar.

El SAT confirmó ese plazo en su Plan Maestro 2026.

El Código sumó otras causas para restringirle el sello digital a un emisor y dejarlo sin poder facturarte. Entre ellas, tener créditos fiscales firmes sin pagar cuando el año anterior facturó más de cuatro veces ese monto, o no declarar la clave "ingreso" en el campo tipo de comprobante.

¿Te pueden pedir la constancia de situación fiscal para facturarte?

No: desde 2026, el emisor que condiciona la factura a que le entregues la constancia de situación fiscal o la cédula de identificación fiscal comete una infracción (artículo 83, fracción IX del Código Fiscal). Hasta 2025 esa fracción solo castigaba poner en la factura el RFC de otra persona. La multa vigente va de $21,420 a $122,440 la primera vez. Qué datos sí te pueden pedir está en esta guía sobre la constancia.

¿Hasta cuándo se puede cancelar una factura en 2026?

Desde 2026, el emisor puede cancelar una factura "a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual" del año en que la emitió: marzo del año siguiente si es persona moral, abril si es persona física. Hasta 2025 el Código decía que "sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan".

Por regla general, la cancelación necesita tu aceptación. Según la RMF 2026, te llega un aviso al buzón tributario y tienes tres días desde que recibes la solicitud para aceptar o negar la cancelación en el Portal del SAT. Si no contestas, el SAT la da por aceptada, así que revisa tu buzón.

¿Qué cambió en las facturas de gasolina en 2026?

Desde 2026, la factura de quien vende gasolina, diésel u otros petrolíferos tiene que traer su número de permiso vigente de la Comisión Nacional de Energía (Código Fiscal, artículo 29-A, fracción V, inciso f). El decreto aclara que eso incluye los permisos de la Comisión Reguladora de Energía. La Ley del ISR ya lo pedía para deducir el combustible; ahora también es requisito del CFDI. Si la gasolinera no lo declara, el SAT puede restringirle el sello digital.

Para ti el efecto no cambia: las cantidades que ampara una factura sin algún requisito del artículo 29-A "no podrán deducirse o acreditarse fiscalmente". Dónde viene el permiso en el XML y qué hacer si falta está en cómo facturar tickets de gasolina.

¿Cómo tener tus facturas a tiempo para revisarlas?

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Fuentes

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 17-H Bis (fracciones XII, XIII y XIV), 29-A (fracción V, inciso f; fracción IX; párrafos que siguen a la fracción X sobre deducción y cancelación), 49 Bis, 83 (fracción IX), 84 (fracción VI) y 113 Bis. Última reforma DOF 09-04-2026 (Cámara de Diputados).
  • Decreto que reforma el Código Fiscal de la Federación, DOF 7 de noviembre de 2025: texto de los cambios y transitorios primero (vigencia desde el 1 de enero de 2026) y tercero (Comisión Reguladora de Energía) (Cámara de Diputados).
  • Textos anteriores, para comparar: decreto del DOF 12 de noviembre de 2021, artículo 29-A, cancelación "en el ejercicio en el que se expidan" (Cámara de Diputados), y decreto del DOF 9 de diciembre de 2013, artículo 83, fracción IX (Cámara de Diputados). Historial de reformas consultado el 2 de noviembre de 2026 (Cámara de Diputados).
  • Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 9 y 76, fracción V (anual de personas morales), 27, fracción III, segundo párrafo (permiso en la factura de combustible) y 150 (anual de personas físicas). Última reforma DOF 01-04-2024 (Cámara de Diputados).
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, DOF 28 de diciembre de 2025, reglas 2.7.1.34 (aceptación de la cancelación) y 2.7.1.35 (cancelación sin aceptación).
  • SAT, Anexo 20, guía de llenado del CFDI, versión 4.0, revisión del 16 de enero de 2026: control de cambios.
  • SAT, comunicado 06/2026, Plan Maestro 2026, mejor atención a contribuyentes, fiscalización clara y combate a factureras, 26 de enero de 2026, consultado el 2 de noviembre de 2026.

Esto no es asesoría fiscal. Son las reglas generales con su fuente; tu caso lo revisa tu contador.

Preguntas frecuentes

¿Qué cambió en el Anexo 20 en 2026?

Casi nada. La guía de llenado sigue siendo la del CFDI versión 4.0, publicada el 31 de diciembre de 2021. Su revisión del 29 de diciembre de 2025 actualizó direcciones del portal del SAT y pide anotar en la descripción los miligramos de nicotina cuando se venden productos que la contienen. La del 16 de enero de 2026 solo ajustó el formato.

¿Me pueden cancelar una factura sin que yo la acepte?

Sí, en algunos casos. La RMF 2026 lo permite, entre otros, en facturas de hasta $1,000, en CFDI de egreso (notas de crédito), en nómina, en facturas al público en general y cuando el emisor cancela dentro del día hábil siguiente a emitirla. Si la operación sigue en pie, el emisor tiene que emitir una factura nueva relacionada con la cancelada.

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