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¿Dónde se denuncia cuando no te dan factura?

Si no te dan factura, acude al SAT. Sus canales, la denuncia anónima y la multa por no dar factura.

Por Miguel Torres ·

Si no te dan factura, acude al SAT, que tiene una vía para cada objetivo. Si quieres tu factura, pide en su portal una conciliación de factura y el SAT se la solicita al proveedor. Si quieres reportar al negocio, presenta una queja o denuncia por internet, correo, teléfono o en la app SAT Móvil.

¿Dónde denunciar si no te dan factura?

Se denuncia ante el SAT, aunque su propio formulario de denuncias abre con "¿No te entregaron tu factura? Pulsa aquí" y te manda primero a la conciliación.

Canal Para qué sirve Qué te piden
Solicitud de conciliación de factura Que el SAT le pida al proveedor tu factura Tu RFC, correo y teléfono; RFC del proveedor, fecha, monto y forma de pago
Formulario de queja o denuncia Reportar al negocio Su nombre o razón social y domicilio; cómo, cuándo y dónde pasó; tu correo o teléfono
denuncias@sat.gob.mx, el 55 8852 2222 (opción 8) o la app SAT Móvil, en "Quejas y Denuncias" Reportar al negocio sin el formulario Datos del negocio, qué pasó y un contacto tuyo

Antes de denunciar, sigue los pasos de qué hacer si tu proveedor no te da factura. Si además te cobraron por facturar, también puedes acudir a Profeco.

¿Qué pasa cuando se hace una denuncia anónima?

El SAT acepta la denuncia anónima. En sus preguntas frecuentes dice que "se garantiza el derecho del quejoso o denunciante para no proporcionar su nombre y apellidos" y que solo registra los datos que aportas de manera voluntaria.

Al registrarla recibes un folio y una contraseña para consultar su estatus. Si tienes pruebas, mándalas a denuncias@sat.gob.mx con el folio en el asunto. Según el formulario, lo que aportas es confidencial y no se comparte con otros particulares.

La conciliación sí pide tu RFC y tu consentimiento para usar tus datos fiscales "al solicitar al proveedor del bien o servicio la emisión de tu comprobante". Por eso, si lo que quieres es tu factura, no puedes pedirla de forma anónima.

¿Es delito no emitir una factura?

No emitir una factura no es delito por sí solo. El artículo 83, fracción VII del Código Fiscal de la Federación (CFF) lo trata como infracción: "No expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes los comprobantes fiscales digitales por Internet".

Puede agravar un delito. Si el negocio además deja de pagar impuestos con engaños, comete defraudación fiscal (artículo 108), y la pena aumenta en una mitad si omitió facturar de forma reiterada: dos o más sanciones por eso en cinco años.

La prisión de dos a nueve años del artículo 113 Bis es para otra conducta: expedir, vender, comprar o adquirir comprobantes "que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados", o comprobantes falsos.

¿Cuánto es la multa por no emitir una factura?

La multa por no dar factura va de $22,300 a $127,530, y de $1,910 a $3,800 si el negocio es una persona física en el RESICO o en el antiguo RIF (artículo 84, fracción IV del CFF). Si reincide, el SAT puede además clausurar el local de 3 a 15 días. Son los montos vigentes según la Resolución Miscelánea Fiscal publicada el 28 de diciembre de 2025.

Exigirte tu constancia de situación fiscal como condición para facturar es otra infracción (artículo 83, fracción IX): $21,420 a $122,440 la primera vez ($2,150 a $4,270 en el antiguo RIF) y, si se repite, clausura de 3 a 15 días. Reincidir es volver a ser sancionado por el mismo artículo y fracción dentro de los últimos cinco años (artículo 75, fracción I).

La multa llega cuando el SAT descubre la falta al revisar al negocio (artículo 83, primer párrafo), por ejemplo en una visita para verificar que expide facturas (artículo 42, fracción V).

¿Quién emite la factura, el comprador o el vendedor?

La factura la emite el vendedor o quien presta el servicio. El artículo 32, fracción III de la Ley del IVA lo obliga a "expedir y entregar comprobantes fiscales". Tu parte está en el artículo 29 del CFF: quienes compran o reciben servicios "deberán solicitar el comprobante". Según el SAT, tus datos los puedes dar "verbalmente o por escrito".

¿Cómo pedir la factura para no tener que denunciar?

Pide la factura el día que pagas, con tus datos completos y por el canal del comercio. En las guías por comercio están el canal de cada uno y, si lo publica, su plazo.

Si son muchos tickets, con Dedukta mandas la foto de cada uno por WhatsApp y nosotros pedimos la factura en el portal o con el proveedor. De cada 10 tickets que entran, 9 terminan en factura. Prueba Dedukta 14 días gratis, sin tarjeta.

Fuentes

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 29, primer párrafo; 42, fracción V, inciso a); 75, fracción I; 83, primer párrafo y fracciones VII y IX; 84, fracciones IV, incisos a) y b), y VI; 108, primer párrafo y párrafos sobre delitos calificados, inciso b); y 113 Bis. Última reforma DOF 09-04-2026; multas actualizadas o compiladas por la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el DOF el 28-12-2025 (Cámara de Diputados).
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 32, fracción III. Última reforma DOF 12-11-2021 (Cámara de Diputados).
  • Ley del Impuesto sobre la Renta, Título IV, Capítulo II, Sección II (Régimen de Incorporación Fiscal, derogada DOF 12-11-2021; artículo Segundo transitorio, fracción IX, de ese decreto) y Sección IV (Régimen Simplificado de Confianza, artículo 113-E). Última reforma DOF 01-04-2024 (Cámara de Diputados).
  • SAT, Quejas o denuncias: canales, folio y contraseña, preguntas frecuentes sobre denuncias anónimas. Consultado el 2 de noviembre de 2026.
  • SAT, formulario de queja o denuncia: campos, enlace a la conciliación, confidencialidad y envío de documentos a denuncias@sat.gob.mx con el folio. Consultado el 2 de noviembre de 2026.
  • SAT, Conciliación de factura y solicitud de conciliación de factura: datos que pide y consentimiento para usar tus datos fiscales. Consultados el 2 de noviembre de 2026.
  • SAT, comunicado 057/2023, SAT alerta sobre prácticas fiscales indebidas al solicitar una factura, 18 de octubre de 2023: los datos se dan "verbalmente o por escrito". Consultado el 2 de noviembre de 2026.
  • SAT, Prácticas indebidas en la emisión de facturas, octubre de 2023, prácticas 5 y 10. Consultado el 2 de noviembre de 2026.

Esto no es asesoría fiscal. Son las reglas generales con su fuente; tu caso lo revisa tu contador.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden obligar a sacar la factura en su portal?

Según el SAT, no. En su lista de prácticas indebidas incluye "obligar al receptor a generar la factura en un portal" y explica que, si así lo pides, "se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla".

¿Un negocio puede tener permiso para no facturar?

No. El SAT aclara que "no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas".

Si prefieres que alguien pida la factura por ti

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