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¿Cuáles son las deducciones fiscales para 2026?

Las deducciones fiscales para 2026 dependen de cómo pagas impuestos: asalariado, profesionista, RESICO o empresa. Qué restas en cada caso y cuál es el tope.

Por Miguel Torres ·

Las deducciones fiscales para 2026 dependen de cómo pagas impuestos. Si eres asalariado, solo tienes deducciones personales. Si eres profesionista o tienes un negocio, además deduces los gastos de tu actividad. Una empresa deduce lo que marca el artículo 25 de la Ley del ISR, o el 208 si está en RESICO. Una persona física en RESICO no deduce nada.

¿Qué puedes deducir según tu régimen?

Esto es lo principal que puedes deducir en cada régimen, según la Ley del ISR:

Si eres Qué puedes restar Artículo
Asalariado Deducciones personales, en tu declaración anual 151
Profesionista o persona física con negocio Compras, gastos e inversiones de tu actividad, más deducciones personales 103 y 151
Arrendador de inmuebles Predial, mantenimiento, intereses, salarios, seguros y construcciones, o el 35% de tus rentas más el predial. También deducciones personales 115 y 151
Persona física en RESICO Nada 113-E
Persona moral en régimen general Costo de lo vendido, gastos, inversiones, cuotas al IMSS e intereses 25
Persona moral en RESICO Compras, gastos, inversiones, cuotas al IMSS e intereses 208

¿Cuáles son las deducciones personales en 2026?

Las deducciones personales son gastos tuyos, no de un negocio. Incluyen consultas médicas, dentales, de psicología y nutrición, hospital, seguros de gastos médicos, colegiaturas, transporte escolar, funerales, donativos, intereses reales del crédito de tu casa y ahorro para el retiro.

En 2026, su tope general es la cantidad menor entre cinco UMA anuales y el 15% de tus ingresos del año, incluidos los exentos. Con la UMA (Unidad de Medida y Actualización) vigente desde el 1 de febrero, cinco UMA anuales son $213,973.20.

Aquí explicamos cómo verlas y meterlas en el SAT y cuánto te regresan.

¿Qué gastos puedo deducir en mi actividad profesional?

Si cobras honorarios o tienes un negocio como persona física y no estás en RESICO, el artículo 103 de la Ley del ISR te deja deducir:

  • Lo que compras para vender, fabricar o prestar tu servicio (fracción II).
  • Los gastos de tu actividad (fracción III), como el internet.
  • Tus inversiones, por partes cada año (fracción IV). Una computadora se deduce hasta 30% por año (artículos 104 y 34).
  • Los intereses de préstamos que usaste en tu actividad (fracción V).
  • Las cuotas patronales al IMSS (fracción VI).
  • El impuesto local sobre tus ingresos de esta actividad (fracción VII).

Cada gasto tiene que ser estrictamente indispensable para tu actividad y quedar pagado dentro del año (artículo 105). Por regla general, una comida en restaurante se deduce solo 8.5%, y solo si la pagas con tarjeta o monedero electrónico autorizado (artículo 28).

¿Qué puede deducir una empresa?

Si tu empresa es persona moral en régimen general, deduce lo que marca el artículo 25 de la Ley del ISR, siempre que el gasto cumpla los requisitos del 27 y no aparezca entre los no deducibles del 28. El detalle está en qué gastos son 100% deducibles, gastos no deducibles y cómo pagar menos ISR.

¿Qué cambió en las deducciones para 2026?

Para 2026, el tope en pesos de las deducciones personales pasó de unos $206,367 en el ejercicio 2025 a $213,973.20, porque subió la UMA. Solo te cambia algo si ganas más de unos $1.4 millones al año.

La Ley del ISR no se ha reformado desde el 1 de abril de 2024. En las facturas sí hubo cambios del CFDI en 2026.

Sigue vigente el decreto Plan México, publicado el 21 de enero de 2025. Si eres persona física con actividad empresarial o profesional y tienes autorización para aplicarlo, la guía del SAT describe dos beneficios:

  • Deducir de inmediato bienes nuevos de activo fijo adquiridos desde la entrada en vigor del decreto hasta el 30 de septiembre de 2030.
  • Deducir 25% adicional del aumento de tu gasto en capacitación e innovación frente al promedio de los últimos tres años fiscales.

¿Cómo no perder una deducción?

Pide tu factura (CFDI) cuando pagas, porque sin ella el gasto no deduce (artículos 27, fracción III, y 151). Si solo tienes el ticket, así lo facturas.

En deducciones personales como médicos, hospital o transporte escolar, paga con transferencia, tarjeta o cheque nominativo desde una cuenta a tu nombre, sea cual sea el monto (artículo 151). En tu negocio, esos medios o un monedero electrónico autorizado son obligatorios si el pago pasa de $2,000, y en gasolina aunque sea menos (artículo 27, fracción III).

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Fuentes

Esto no es asesoría fiscal. Son las reglas generales con su fuente; tu caso lo revisa tu contador.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir gastos si estoy en RESICO?

Si eres persona física, no. Pagas sobre lo que cobras «sin aplicar deducción alguna» (artículo 113-E de la Ley del ISR), y el SAT aclara que tampoco aplicas deducciones personales. Si tu empresa es persona moral en RESICO, sí deduce: la lista está en el artículo 208.

¿Cuál es la diferencia entre una deducción autorizada y una deducción personal?

La deducción autorizada es un gasto de tu actividad, como lo que compras para vender. La personal es un gasto tuyo, como el dentista, y solo la aplicas en tu declaración anual (artículo 151).

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